SER EUROPEO

BENEFICIOS DE SER MIEMBRO DE LA UNION EUROPEA

Desde la integración de España en la Unión Europea (UE) en el año 1992, se ha diluído un tanto el concepto de nacionalidad española o portuguesa en favor de la CIUDADANIA EUROPEA. Es decir, ser español/portugues significa y es, de forma real, ser europeo. La Union Europea la forman 28 países. De ellos, 19 usan la moneda común llamada Euro, y que ya es de uso internacional como el dólar.

Nosotros queremos destacar los siguientes VENTAJAS:

1.- Cualquier ciudadano de la Unión Europea tiene plena libertad de movimientos entre los países miembros, y tiene la posibilidad de trabajar, residir, estudiar o viajar en cualquiera de sus Estados Miembros, sin restricciones y sin necesidad de otros permisos de residencias.

2.- permisos de conducir de un Estado son válidos en el resto de la Unión. Y hay que tener en cuenta las facilidades para la homologación y reconocimiento de títulos universitarios y profesionales.

3.- Es muy importante conocer el derecho a asistencia sanitaria. Como español tienes derecho a asistencia sanitaria urgente gratuita en España. Además, la Directiva europea sobre Sanidad establece:

Como ciudadano de la UE, si durante una estancia temporal en el extranjero —por motivos de vacaciones, trabajo o estudios— te pones enfermo repentinamente tienes derecho a las prestaciones sanitarias que no puedan esperar hasta la vuelta a tu país. Tienes los mismos derechos a la asistencia sanitaria que los ciudadanos asegurados en ese país. En todos tus viajes al extranjero siempre debes llevar contigo tu Tarjeta Sanitaria Europea (TSE). Esta tarjeta es la prueba de que tienes seguro médico en un país de la UE y simplificará los procedimientos de pago y reembolso.

Aunque no lleves contigo la Tarjeta Sanitaria Europea o no puedas utilizarla (por ejemplo, en la asistencia sanitaria privada), no pueden negarte la asistencia médica, pero es posible que tengas que pagar por adelantado y después tengas que solicitar el reembolso al volver a tu país.

4.- Otro derecho importante es a la asistencia consular.

Quiere decir, que cualquier ciudadano de la UE puede recibir asistencia consular de un consulado de un país miembro de la UE, en los mismos términos que un nacional de ese país. Es decir, si un español tiene un problema urgente en Laos, donde no hay Embajada Española, podría ir a la Embajada o consulado de Francia donde le prestarían los mismos servicios que a un ciudadano francés. Además, para casos de necesidad, los consulados españoles pueden dar ciertas ayudas, incluso anticipar dinero en caso de emergencia, a reintegrar. Asi lo establece el Ministerio de Asuntos Exteriores de España, consultando este link: servicios consulares. A destacar, por su interés, la siguiente información:

Los españoles que, encontrándose temporalmente en el extranjero, deban hacer frente a una situación de necesidad sobrevenida como consecuencia de un accidente, de haber sido víctimas de robo, de padecer una enfermedad repentina grave, o de cualquier otra situación imprevista, y no puedan salir de dicha situación por sus propios medios, pueden acudir al Consulado General de España más cercano, donde les prestarán asistencia. El Consulado les ayudará a entrar en contacto con su familia o entorno en España que les puedan ayudar a superar su problema y, en casos excepcionales, les informarán de la ayuda económica consular, de carácter reintegrable, que pueden solicitar.

5.- Adicionalmente, los ciudadanos portugueses y españoles están incluídos dentro del programa de Exención de Visa para entrar a los Estados Unidos de América, para estancias turísticas inferiores a 90 días. Asimismo, puede viajar por 145 paises del mundo sin necesidad de visado.

Queremos también llamar la atención sobre las OBLIGACIONES como ciudadano europeo o portugues/español: Pues mientras usted no resida en algún país de la Union europea, no tiene ninguna obligación ni de tipo tributario, ni de servicio militar ni nada similar. Por tanto, en tanto que usted siga viviendo en su país, solo disfruta de beneficios por ser europeo. En España y Portugal solo se pagan impuestos cuando alli se obtienen rentas y/o se reside por mas de 180 dias.